Como Abogados custodia hijos Madrid, somos conscientes que en el ámbito del derecho de familia las sentencias no suelen ser definitivas ya que es habitual encontrarse ante un cambio de las circunstancias en el cual es necesario realizar alguna modificación de medidas. En este post, aclaramos las dudas más frecuentes sobre cómo solicitar una modificación de sentencia.
¿Cuáles son los requisitos para poder solicitar una modificación de sentencias?
Según dicta el Artículo 90.3 del Código Civil es posible solicitar una modificación de las medidas establecidas en la sentencia siempre que se “así lo aconsejen las nuevas necesidades de los hijos o el cambio de las circunstancias de los cónyuges.” Sin embargo, la jurisprudencia indica que es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Debe darse un cambio de las circunstancias en las que se establecieron las medidas de la sentencia de forma posterior.
- Dicha alteración debe ser sustancial, es decir, debe ser un cambio que afecte al contexto bajo el que se aprobó la sentencia previa de forma que, en el supuesto de dictarse en el presente, se tuviera que tomar otras medidas.
- El cambio no debe ser puntual o momentáneo, sino que dicha situación debe ser estable y duradero.
- Que dicho cambio sea imprevisto y ajeno a la voluntad del solicitante de dicha modificación.
¿Cómo solicitar una modificación de sentencia?
En caso de cumplir los requisitos mencionados anteriormente, podrá solicitarse una modificación de medidas. Para ello, es necesario presentar al juez una demanda de modificación de sentencia que puede ser a través de dos vías: de mutuo acuerdo o por vía contenciosa.
Solicitud de modificación de medidas de mutuo acuerdo
Se trata de la vía más ágil y, al igual que ocurre con los divorcios de mutuo acuerdo, en este caso ambos cónyuges logran concretar unas medidas que satisfacen a ambas partes. Para ello, será necesario redactar un nuevo convenio regulador con ayuda de Abogados custodia hijos Madrid y presentarlo, junto a la demanda de modificación de sentencias, ante el juzgado.
Para solicitar una modificación de medidas de mutuo acuerdo, ambas partes pueden ser asesoradas por el mismo Abogado de Familia Madrid u optar por una representación diferente.
Solicitud de modificación de medidas por vía contenciosa
En el caso de que uno de los cónyuges no esté de acuerdo en solicitar una modificación de sentencia o no sea posible llegar a un acuerdo sobre las nuevas medidas, será necesario iniciar el trámite mediante vía contenciosa. Para ello, el solicitante deberá presentar una demanda de solicitud de medidas con el asesoramiento de un despacho abogados divorcio Madrid. En este supuesto, será el juez quien apruebe dichas medidas en caso de que crea conveniente realizar una modificación de la sentencia.
En caso de tramitar la modificación de medidas por vía contenciosa, al igual que ocurre con el divorcio contencioso, cada parte deberá contar la representación de un Abogado de Familia Madrid diferente.
¿Qué medidas pueden modificarse?
A la hora de presentar una demanda de cambio de sentencia, se puede solicitar la modificación de medidas referentes a:
- Régimen de visitas. Pueden darse diversas circunstancias ante las que sea necesarias solicitar un cambio en el régimen de visitas, ya sea por voluntad del menor, la llegada de nuevos hermanos, o un cambio laboral. Asimismo, en caso de darse un incumplimiento reiterado del régimen de visitas establecido en el convenio regulador, pueden llegar a reducirse o suprimirse.
- Guarda y custodia. Dada nuestra experiencia como Abogados custodia hijos Madrid, sabemos que la modificación del modelo de guarda y custodia es uno de los cambios de sentencia solicitado con mayor frecuencia ya será por un cambio de las circunstancias referente a los progenitores o a los menores implicados.
- Patria potestad de los hijos menores o incapacitados. Ante una situación en la que uno de los progenitores incumpla de forma repetida sus deberes de la patria potestad, el otro podrá solicitar la patria potestad de forma exclusiva.
- Pensión de alimentos. Se puede solicitar un aumento, reducción o extinción de la pensión de alimentos. Para poder solicitar un incremento del importe de la pensión, será necesario que el cónyuge que lo solicite haya visto disminuidos sus ingresos de forma notable y posteriormente a la sentencia previa o que el cónyuge alimentante presente un aumento de sus ingresos de forma significativa y estable.
- Pensión compensatoria. En este supuesto, no puede solicitarse un incremento de la pensión de alimentos, aunque si reducirse o extinguirse en caso de desaparecer el desequilibrio económico entre el beneficiario y el pagador.
En Antequera de Jauregui, como despacho abogados divorcio Madrid especializado en Derecho de Familia, te acompañamos y brindamos asesoramiento legal para definir las medidas que mejor se adaptan a las necesidades de tu familia estudiando tu situación concreta.