Régimen económico matrimonial: Sociedad de gananciales y separación de bienes
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Régimen económico matrimonial: Sociedad de gananciales y separación de bienes

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17 de noviembre de 2021
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En el momento de establecer un acuerdo prematrimonial o postmatrimonial, una de las medidas que suelen quedar contempladas es el modelo de régimen económico matrimonial que se establecerá en la relación. Como Abogados de Familia Barcelona, en este artículo recogemos las dudas más frecuentes y explicamos los tipos de regímenes económicos que se contemplan en el Código Civil español.

¿Qué es el régimen económico matrimonial?

El régimen económico matrimonial hace referencia a las normas que regulan la gestión y administración de los patrimonios de la pareja, ya sean privativos o comunes. Estas reglas pueden adaptarse a la voluntad de cada pareja según establezcan ya que son de carácter dispositivo y deben quedar reflejadas en unas capitulaciones matrimoniales.

¿Qué tipos de regímenes económicos matrimoniales existen?

En el Código Civil español se contemplan tres modelos de régimen económico matrimonial: sociedad de gananciales, separación de bienes y régimen de participación.

En la mayoría de comunidades autónomas se aplica por defecto el régimen de sociedad de gananciales al contraer matrimonio, aunque en otras, como Cataluña se aplica el régimen económico de separación de bienes. Por ello, como Abogados de Familia Barcelona, en Antequera de Jáuregui te recomendamos revisar el modelo que se aplica por defecto en tu comunidad y, en caso de no estar de acuerdo, firmar unas capitulaciones en las que queden reflejadas el régimen matrimonial que se quiere aplicar en la relación.

¿Qué es el régimen económico de sociedad de gananciales?

La sociedad de gananciales es un tipo de régimen económico matrimonial en el cual las ganancias obtenidas por cada cónyuge durante la vigencia del matrimonio se ponen en común. De esta forma, en el caso de divorcio, los bienes serán repartidos entre ambos cónyuges de forma equitativa.

Sin embargo, el régimen económico de sociedad de gananciales distingue dos tipos de bienes: gananciales y privativos. Los bienes gananciales son aquellos que se obtienen durante el matrimonio y pertenecen a ambas partes, como las ganancias obtenidas de una nómina, los bienes obtenidos con dinero ganancial o las ganancias obtenidas en un juego de lotería. Por el contrario, los bienes privativos son exclusivos de cada cónyuge y no se reparten al disolver el matrimonio, como los bienes obtenidos antes del matrimonio o los obtenidos a título gratuito como una herencia.

¿Qué es el régimen económico de separación de bienes?

La separación de bienes es un régimen económico matrimonial en el cual cada cónyuge conserva su patrimonio de forma independiente y, en caso de divorcio, cada uno mantiene sus bienes sin dar cabida a un reparto.

En este caso, cada cónyuge puede disponer libremente de los bienes que posea pudiendo administrarlos de la forma que desee sin tener que disponer del consentimiento de su pareja. Aun así, como Abogado Divorcio Barcelona debo señalar que en el caso de la vivienda familiar el Artículo 1320 del Código Civil establece que “Para disponer de los derechos sobre la vivienda habitual y los muebles de uso ordinario de la familia, aunque tales derechos pertenezcan a uno solo de los cónyuges, se requerirá el consentimiento de ambos o, en su caso, autorización judicial.

Así como en el régimen de separación de bienes cada cónyuge es dueño de su patrimonio personal, también lo es de sus deudas salvo que estás sean asumidas como consecuencia de gastos familiares como, por ejemplo, un préstamo para hacer frente al coste de la escolarización de los hijos.

Es necesario resaltar que el régimen de separación de bienes comporta algunas obligaciones, como una contribución equitativa a las cargas familiares. Además, tal y como se indica en el Artículo 1.438 del Código Civil, en “El trabajo para la casa será computado como contribución a las cargas y dará derecho a obtener una compensación que el Juez señalará, a falta de acuerdo, a la extinción del régimen de separación”.

¿Qué es el régimen económico de participación?

En el régimen económico de participación de bienes se establece una separación de los bienes de cada cónyuge durante la vigencia del régimen. Sin embargo, al liquidarse dicho régimen a través de un divorcio, se repartirán las ganancias obtenidas por cada cónyuge durante la duración del matrimonio. Se trata de un modelo utilizado con poca frecuencia y que debe establecerse por medio de unas capitulaciones matrimoniales.

¿Cómo saber qué régimen matrimonial rige mi matrimonio?

En caso de que ya hayas contraído matrimonio y no sepas qué régimen regula los efectos económicos del matrimonio, puedes consultarlo en la copia del certificado de matrimonio o solicitarlo a través de la sede electrónica del ministerio de justicia o acudiendo al Registro Civil del lugar donde se celebró el matrimonio.

 

En Antequera de Jáuregui, como Abogado Divorcio Barcelona especializados en Derecho de Familia, te asesoramos sobre los diferentes regímenes económicos matrimoniales para encontrar el que mejor se adapte a tus necesidades y a establecerlo por medio de unas capitulaciones matrimoniales.

Este contenido ha sido redactado por el equipo de Antequera de Jáuregui – Abogados de Familia y supervisado y revisado por Susanna Antequera, abogada matrimonialista de alto prestigio. Especializada en derecho de familia finalista Top100 Mujeres Líderes de España 2022 y nominada a Premio Excelencia Práctica Jurídica 2020
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