«A mis hijos no hay quien les eche de casa». ¿Quién no lo ha escuchado decir alguna vez? Lo cierto es que hay muchos padres que ven cómo sus hijos crecen y crecen y no hay manera de que tomen la decisión, aun teniendo trabajo, de que se independicen. Cierto es que la crisis sanitaria, y sobre todo económica, está de nuevo afectando más a los bolsillos de los jóvenes que ven cada vez más complicado su acceso a una vivienda en solitario. Pero, ¿hasta cuándo deben unos padres mantener a sus hijos?
La normativa en general indica que los progenitores deben prestar asistencia de todo orden a los hijos, en común, dentro o fuera del matrimonio o relación estable,
durante su minoría de edad, y en los demás casos en los que legalmente proceda (art. 39.3 CE). También se debe velar por ellos y procurar alimentarlos, educarlos y dotarles de una formación integral (art. 154.1 Código Civil). Será el juez, en todo caso, quien determinará la contribución de cada progenitor para satisfacer estas necesidades de los hijos en el domicilio familiar, ya sean mayores de edad o emancipados si carecieran de ingresos propios (art. 93 CC), fijando los alimentos que sean debidos, habitación, vestido y asistencia médica (art. 142 CC).
Es decir, explica Susanna Antequera, socia del despacho Antequera de Jáuregui y abogada especialista en derecho de familia y protección al menor, «a través inclusive de numerosas sentencias del Tribunal Supremo se determina la obligación de dar alimentos a los hijos hasta que alcancen la suficiencia o autonomía económica, pero será analizado su derecho por si lo merece o no para valorar casos de jóvenes que ni estudian ni trabajan y no apoyarse en el hábito de “depender de los padres”».
En España, según esta abogada, este requisito se cumple por norma general, «aunque, obviamente, existen excepciones en las que son los propios hijos los que se ven obligados a reclamar judicialmente el concepto de alimentos a sus progenitores por encontrarse en situaciones económicas complicadas. Una vez que los hijos acceden al mercado laboral, tengan ingresos bajos o pierdan el empleo, pueden perder el derecho a continuar percibiendo los alimentos, pero será el juez quien, a su criterio, determine la mejor medida para cada caso», concreta Antequera.
«A menudo se olvida que los hijos también tienen el deber de contribuir a las cargas familiares»
No hay que olvidar que vivimos en una sociedad en la que a los jóvenes les resulta, hoy más aún, muy complicado acceder a un empleo. Además, son muchos los que apuestan por continuar con mejorar su formación con programas postuniversitaria, por lo que la dependencia hijos-padre puede extenderse más en el tiempo.
«En ocasiones —añade Susanna Antequera—, se unen el egoísmo y comodidad de los hijos al depender de los padres, pero se debe evitar que se conviertan en “parásitos sociales”, tal y como ya han determinado numerosas sentencias en sus fallos: “No se puede ni se debe favorecer el “parasitismo social” de los hijos que no hacen por labrarse un futuro, académico o laboral, independientemente de los ingresos de sus progenitores” Es decir, no puede tener un carácter incondicional el establecimiento de las pensiones de alimentos para los hijos cuando no hay una dedicación de los hijos a sus obligaciones; no hay que mantenerlos “a la sopa boba”».
No obstante, los padres pueden negarse a mantener a sus hijos si se dan los requisitos y se demuestra que encajan en el conocido caso «nini» (ni trabaja, ni estudia). «Por supuesto que los padres pueden instar el correspondiente proceso para extinguir la pensión de alimentos. Los jóvenes deben estudiar, aplicándose en su formación o demostrar que están buscando activamente un empleo. Este es el argumento que reiteradamente recogen las sentencias que acaban extinguiendo o retirando la manutención a sus hijos en casos de parejas separadas. A menudo se olvida que los hijos también tienen el deber de contribuir a las cargas familiares».
Con un panorama lleno de incertidumbre, inmersos en una crisis económica sin precedentes y en todos los ámbitos como el social, laboral, familiar y empresarial «es evidente que repercuta en la dependencia de los hijos jóvenes, pero también en los no tan jóvenes que, desgraciadamente, se han quedado sin empleo y deben pedir ayuda a sus padres, para ellos e inclusive para sus hijos pequeños, convirtiéndose los abuelos en el soporte de las dos generaciones que le siguen. Por otro lado, la crisis está implicando la presentación incesante de demandas para modificar las pensiones de alimentos, bien para reducirlos o bien para extinguirlos a consecuencia de la disminución de ingresos de los progenitores», concluye esta experta.