La “legítima”, regulación legal y posibilidad de excluirla de la herencia.
1 de octubre de 2021

Susanna Antequera realiza un análisis de la composición de la herencia y de las causas de indignidad que justifican la desheredación y que incapacitan a los legitimarios.
En el caso de la legítima en Cataluña, la ausencia manifiesta y continuada de relación familiar entre el causante y el legitimario, si es por una causa exclusivamente imputable al legitimario dará lugar a que el causante podrá privar a los legitimarios de su derecho a la legítima si en la sucesión concurre esta causa según el art. 451-17 e) del Código Civil Catalán.