En casos de divorcio o separación donde existe un conflicto entre ambas partes, es frecuente que uno de los cónyuges quiera privar al otro progenitor del ejercicio de la patria potestad de sus hijos. Sin embargo, deben existir razones de peso para ello, más allá de encontrarse ante una ruptura matrimonial difícil. Como Abogada de Divorcio Barcelona resuelvo todas las dudas más frecuentes respecto a la privación de la patria potestad.
¿Qué es la patria potestad?
Antes de entrar en materia es importante aclarar qué es la patria potestad ya que habitualmente es confundida con la guarda y custodia. La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que se atribuyen a los progenitores sobre los hijos menores y no emancipados.
Según el Artículo 154 del Código Civil, los derechos y deberes atribuidos con la patria potestad son:
“1.º Velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral.
2.º Representarlos y administrar sus bienes.”
Por lo tanto, dentro de la patria potestad se incluye la toma de decisión de aspectos vinculados a la educación, bienestar, libertad e integridad física y moral como, por ejemplo, decidir sobre la administración de medicamentos en caso de enfermedad o la elección del centro educativo. Al poseer ambos progenitores la patria potestad, estas decisiones deben tomarse de mutuo acuerdo o por un juez, en caso de disputa.
Según el Artículo 169 del Código Civil, la patria potestad se extingue por:
- La muerte o la declaración de fallecimiento de los padres o del hijo.
- La emancipación.
- La adopción del hijo.
Por el contrario, la guardia y custodia hace referencia a la convivencia diaria y puede ser atribuida a un cónyuge o a ambos.
¿Se puede privar de la patria potestad a uno de los cónyuges?
Es posible privar de la patria potestad a uno de los progenitores de forma total o parcial mediante una sentencia judicial como indica el artículo 170 del Código Civil español “El padre o la madre podrán ser privados total o parcialmente de su potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.”
Sin embargo, como Abogada de Familia Barcelona sé que no basta con la petición de uno de los progenitores, sino que deben existir motivos de peso como:
- Incumplimiento de los deberes atribuidos a la patria potestad.
- Malos tratos
- Alcoholismo o consumo de drogas
- Condena penal
- Incapacidad mental
- Ausencia del progenitor en el cuidado del menor
Por ello, si uno de los progenitores incumple de forma reiterada algunos de los deberes o obligaciones derivados de la patria potestad, el juez podrá determinar su privación. Sin embargo, no basta con la ausencia de uno de los progenitores para ello, ya que debe darse una situación en la que que mantener la patria potestad suponga un perjuicio para el bienestar de los menores.
¿Puede recuperarse la patria potestad?
Es posible recuperar la patria potestad de un hijo tras haberse visto privado de ella. Como se señala en el artículo 170 del Código Civil español “Los Tribunales podrán, en beneficio e interés del hijo, acordar la recuperación de la patria potestad cuando hubiere cesado la causa que motivó la privación.”
Para ello, será necesario solicitar una modificación de medidas acreditando que:
1. Ya no existe la causa que provocó la privación de la patria potestad.
2. La recuperación del de la patria potestad es beneficiosa para el menor.
En Antequera de Jauregui, como Abogada de Familia Barcelona, te acompañamos y asesoramos en lo referente a la patria potestad para velar por el bienestar de tu familia.