Sustracción de menores en época de Covid-19
blog

Sustracción de menores en época de Covid-19

Volver a
blog
10 de noviembre de 2020
Índice

Las consecuencias de la pandemia no solo se reflejan en el ámbito sanitario, si no también en el social, laboral, económico y familiar. Como abogada divorcio Barcelona, cada vez son más los padres que acuden a mi con dudas sobre cómo actuar para poder disfrutar del tiempo con sus hijos dadas las nuevas normativas y restricciones.

Dada la crisis económica que se está viviendo, así como las restricciones de movilidad establecidas, cada vez más personas se ven obligadas a desplazarse de su lugar de residencia habitual. Como consecuencia, como abogados de familia Barcelona se puede detectar un aumento de los delitos en sustracción de menores.

¿Qué es la sustracción de menores?

La sustracción de menores es un delito que tiene lugar cuando uno de los progenitores lleva a cabo el traslado de un menor a otro lugar de residencia sin el consentimiento del otro progenitor o de la persona que comparta o posea la patria potestad.

En numerosas ocasiones, el progenitor que lleva a cabo la sustracción no es consciente de que constituya un delito. Sin embargo, actualmente muchos padres usan la situación actual como justificación alegando un beneficio para el menor.

En el artículo 225 bis.2. 1º del Código Penal se recogen las diversas situaciones en las que se considera sustracción de menores. La primera, y una de las más habituales, suele ser cuando el menor es trasladado de su lugar de residencia habitual sin el consentimiento del progenitor con el que convive o de la persona o institución que ejerza su guardia o custodia.

Sin embargo, el código penal contempla otras situaciones en las que:

“2. La retención de un menor incumpliendo gravemente el deber establecido por resolución judicial o administrativa.

3. Cuando el menor sea trasladado fuera de España o fuese exigida alguna condición para su restitución la pena señalada en el apartado 1 se impondrá en su mitad superior.

4. Cuando el sustractor haya comunicado el lugar de estancia al otro progenitor o a quien corresponda legalmente su cuidado dentro de las veinticuatro horas siguientes a la sustracción con el compromiso de devolución inmediata que efectivamente lleve a cabo, o la ausencia no hubiere sido superior a dicho plazo de veinticuatro horas, quedará exento de pena. Si la restitución la hiciere, sin la comunicación a que se refiere el párrafo anterior, dentro de los quince días siguientes a la sustracción, le será impuesta la pena de prisión de seis meses a dos años. Estos plazos se computarán desde la fecha de la denuncia de la sustracción.

5. Las penas señaladas en este artículo se impondrán igualmente a los ascendientes del menor y a los parientes del progenitor hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que incurran en las conductas anteriormente descritas.”

Sin embargo, es necesario considerar que el cambio de residencia de un menor pertenece a la patria potestad y no a la custodia por lo que, cualquier cambio o decisión, debe realizarse de acuerdo entre ambos progenitores.

¿Qué puedo hacer para evitarla?

Como abogados expertos en casos de custodia compartida Barcelona, siempre tratamos de prevenir estas situaciones cuando detectemos algún indicio de sospecha estableciendo medidas preventivas. El 1.ª del artículo 103 del Código Civil recoge una serie de medidas preventivas que deberá determinar un juez para situaciones en las que, por alguna situación de conflicto, se detecte un riesgo de sustracción de menores ya sea por parte de los progenitores o un tercero. Estas medidas pueden solicitarse tanto antes de solicitar la demanda de divorcio como una vez aprobada.

Se contemplan la prohibición de salida del territorio nacional sin autorización judicial, la prohibición del pasaporte al menor, así como la retirada del mismo si ya ha sido expedido, junto a la necesidad de contar con una autorización previa para realizar cualquier cambio en el domicilio del menor.

Sin embargo, si nos encontramos en la situación de que el delito ya se ha realizado, es de gran importancia contar con abogados de familia Barcelona especializados que resuelvan todas las dudas. En el supuesto de que, por las características de la situación, la mediación no sea una opción, será necesario acudir a la vía judicial.

¿Cuáles son las consecuencias legales?

Según el Código Civil, las penas por delito de sustracción de menores van de dos a cuatro años de prisión para el que sin causa justificada para ello sustrajere a su hijo menor. Además, se establece una inhabilitación del ejercicio del derecho de patria potestad por tiempo de cuatro a diez años.

Si te encuentras en esta situación o tienes indicios de sospecha, en Antequera de Jauregui te escuchamos y te asesoramos como expertos abogados de familia Barcelona.  

Este contenido ha sido redactado por el equipo de Antequera de Jáuregui – Abogados de Familia y supervisado y revisado por Susanna Antequera, abogada matrimonialista de alto prestigio. Especializada en derecho de familia finalista Top100 Mujeres Líderes de España 2022 y nominada a Premio Excelencia Práctica Jurídica 2020
Contacta con nosotros
Nuestra secretaria atenderá tu llamada, mail o formulario.